Una de las ventajas de Europa es que permite viajar por carretera casi que a todos sus rincones, exceptuando algunos lugares donde, incluso, se pueden hacer trayectos intercalados entre el coche y otros medios de transporte.
Lo cierto del caso es que si se va de vacaciones, o por trabajo, dentro de la Unión Europea o también fuera de los límites de la UE, será conveniente conocer qué documentos son esenciales para conducir con seguridad, sin tener problemas con la ley ni tratos diferenciados por ello.
Si es dentro de la UE
Siempre y cuando la duración del viaje no supere los 180 días, se puede utilizar el permiso de circulación español para conducir en cualquier país perteneciente a la Unión Europea y a otros países no pertenecientes a la Unión pero que sí tienen convenios de colaboración con la organización.
Es importante, en todo caso, que el permiso de conducir no tenga una fecha de vencimiento reciente, ya que antes de salir habrá que solicitar una prórroga para no tener problemas.
Luego está el tema del tiempo. Si la duración será de 6 meses en adelante, hay que canjear el permiso de conducir para poder conducir por un periodo adicional, que no debería ser nunca superior al año y medio, según la mayoría de las legislaciones.
Si es fuera de la UE
En cualquier país distinto a la Unión Europea hay un documento indispensable: el carnet de conducir internacional. Se solicita a través de la DGT o con gestorías especializadas en estos trámites, y es la mejor opción para periodos inferiores al año, tras lo cual ya debería obtenerse nuevamente un ejemplar, pero partiendo desde el año en cuestión.
Hay que considerar, en todo caso, que si el país de destino tiene convenios con España en tema de transporte, puede ser que no haga falta sino llevar el permiso de conducir del país de origen y nada más que eso. De lo contrario, siempre habrá que llevar el carnet internacional junto con el carnet español.
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