Autorización de transporte público ligero de mercancías – Ámbito estatal (MDL)
Cuando se quiere trabajar en el sector logístico o de transporte de mercancías, o bien se tiene una empresa en la que los vehículos prestarán servicios relacionados, con una retribución económica por ello, es necesario y obligatorio contar con una Autorización para transporte de mercancías en vehículo ligero, lo que se conoce como MDL.
Esta documentación permitirá que todas aquellas personas físicas o jurídicas que se dediquen a esa actividad en vehículos como furgonetas, camiones o mixtos adaptables (siempre con un peso máximo igual o inferior a 3.500 kg) puedan hacerlo legalmente en todo el territorio nacional, indiferentemente de donde pudiera encontrarse su domicilio fiscal principal.
¿Qué vehículos no deben obtener la Tarjeta MDL?
Como sucede en muchos trámites, hay excepciones. En el caso de la Autorización para transporte público de mercancías en vehículo ligero, no todos los vehículos que vayan a dedicarse a esa actividad deben tener dicho requisito.
El caso más reseñable, desde luego, está en los vehículos cuyo peso máximo es superior a los 3.500 kg, puesto que en ese caso particular necesitarán de la autorización conveniente para vehículos pesados (MDP), mientras que los vehículos con peso máximo inferior a los 2.000 kg no necesitarán de ninguno de los 2 trámites.
De la misma manera, no deben contar con este requisito vehículos que:
- Tengan velocidad máxima autorizada igual o inferior a 40 km/h.
- Lleven de forma permanente máquinas especializadas, como las grúas.
- Tengan menos de 3 ruedas.
- Remolques.
- Transporten basura, valores, mercancías de alto valor, medicamentos e insumos médicos, siempre y cuando se trate de vehículos adquiridos para tal fin.
- Sean considerados históricos de acuerdo al Reglamento de Vehículos Históricos.
Requisitos que deben cumplirse
En primer lugar, y antes de entrar a los requisitos detallados y la documentación, es pertinente aclarar que la autorización MDL es obligatoria para todos los vehículos de entre 2.000 y 3.500 kg que realicen transporte de mercancías como una actividad con ánimo de lucro, y que aquellos vehículos que formaban parte de las antiguas tarjetas de empresa (cuyas copias se asociaban a la cantidad de vehículos de la empresa) deben darse de alta y autorizarse de forma individual, mediante una solicitud pertinente de MDL.
En cuanto a los requisitos puntuales, son los siguientes:
- Documentación fiscal de la persona física o la empresa.
- Disponer de al menos un vehículo en propiedad o arrendamiento.
- Dirección y firma electrónica.
- Domicilio fiscal.
- Estar al día con las obligaciones fiscales, laborales y sociales.
Consideraciones finales
Tener la autorización de transporte en vehículo ligero, más allá del trámite, es una forma de garantizar la tranquilidad y la operatividad del negocio, puesto que las multas o sanciones económicas van desde los 2.000 hasta los 4.000 euros, dependiendo de si se trata de estar realizando transporte sin los requisitos que reposan en la autorización, o estar realizando dicha actividad sin ningún tipo de habilitante por parte del ente correspondiente.