Cuando se quiere llevar a cabo la actividad comercial de transporte público de viajeros, en vehículos de más de 9 plazas (autobuses), es necesaria la tramitación de una autorización.
En ese caso, se hace referencia a la tarjeta clase VD, o Autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, siendo importante el término discrecional, que hace referencia a que las unidades de transporte no estarán sujetas a un itinerario, calendarios y horarios, sino que es un servicio que se presta, pues, a discreción.
Requisitos para la solicitud de tarjeta
Para obtener una Autorización VD para transportar viajeros en autobús, es necesario cumplir con algunos requisitos:
- Ser persona física (no se otorgan autorizaciones conjuntas o mancomunadas) o jurídica (sociedades mercantiles, laborales y cooperativas de trabajo asociado).
- Requisitos de honorabilidad.
- Competencia profesional.
- Requisitos de capacidad económica (9.000 euros por el primer vehículo y 5.000 por cada uno de los siguientes), que se acreditarán o justificarán mediante capital y reservas, o mediante certificación bancaria en caso de personas físicas.
- Estar al día con las obligaciones fiscales, laborales y sociales.
- Tener como mínimo 5 vehículos con antigüedad igual o menos a 2 años y que tengan más de 9 plazas cada uno.
- Pagar las tasas correspondientes (modelo 50).
Solicitud, vencimiento y renovaciones de autorizaciones
Como se ha explicado en otras publicaciones, las sanciones económicas y administrativas de no contar con una tarjeta VD en vigor para la prestación de servicios de transporte de pasajeros en autobús son muy cuantiosas, siendo iguales o superiores a los 2.000 euros en los casos más sencillos.
Por eso, siempre es pertinente, primero, no prestar el servicio sin contar con la tarjeta VD en vigor, pero tampoco prestar el servicio si dicha autorización se encuentra vencida.
Para ello, es conveniente saber que la solicitud de una autorización VD puede realizarse en cualquier momento y se aprobará en plazos no mayores a 5 meses. Además, se debe renovar o visar cada 2 años, en años impares y dependiendo de la terminación del NIF o CIF. Así también, se podrá rehabilitar o reactivar una autorización VD vencida antes de que transcurra 1 año tras la fecha en la que se debió visar originalmente.
Consideraciones puntuales sobre el transporte público de viajeros en autobús
Para fines de resolución de dudas frecuentes, todos aquellos vehículos que tengan igual o menor cantidad de 9 plazas no deben solicitar esta tarjeta, sino que en ese caso en particular (siempre que vayan a dedicarse al transporte público de viajeros) entrarán en el rango de las autorizaciones de transporte con conductor (VTC) o transporte público de viajeros en taxi (VT).
Así también, es puntual destacar que el trámite es válido para las empresas o personas físicas que se desempeñarán comercialmente en el transporte público de viajeros o, en su defecto, no lo utilizarán como transporte de personal de la propia empresa o de personas afines a la misma, en cuyo caso corresponderá la autorización de transporte complementario en autobús (VPC).
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